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Los pagos retrasados serán  anulados y dados de baja de la contabilidad al considerarse actuaciones recaudatorias de nulo provecho

Algunas de las personas que tienen deudas pendientes con Hacienda están de enhorabuena: los pagos retrasados con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria quedarán anulados y dados de baja de la contabilidad. Aunque solo los que sean inferiores a una cantidad determinada. Así lo ha establecido la resolución conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General de la Agencia Tributaria.

Una resolución que ha sido publicada esta misma semana en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en la que se acuerda la anulación de todas las liquidaciones en las que resulte una deuda pendiente de recaudar por un importe inferior a tres euros. De hecho, informan de que no se continuará con la gestión recaudatoria por motivos «estrictamente económicos», ya que su cuantía es tan baja que no cubriría el coste que representa su recaudación.

¿Por qué Hacienda perdona estas deudas?

Según la Intervención del Estado y la Agencia Tributaria, la finalidad de esa medida no es otra que la de evitar actuaciones recaudatorias que sean de «nulo provecho» para la Hacienda Pública. En este sentido, explican que este es el caso de las liquidaciones cuya exacción genera unos costes superiores a los recursos que potencialmente pudieran derivarse de ellas.

Por este motivo han decidido que todas las deudas inferiores tres euros sean anuladas y dadas de baja en contabilidad de las liquidaciones correspondientes a recursos de derecho público de Hacienda. De este modo, todas las deudas por debajo de esa cifra quedarán sin efecto con aplicación en los 15 días siguientes a la publicación de la resolución en el BOE, que tuvo lugar el 15 de noviembre de 2022.

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