Novedades en la cuota de autónomos 2023: cotización por ingresos reales

En julio de 2022 se aprobó el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad.

Este nuevo sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2023

 

 

El nuevo sistema de cotización para autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se va a desplegar durante tres años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajarán su cuota, mientras que se verá incrementada para los que más ganen.

El sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tendrá que insertarse en función de su previsión de ingresos.

Mientras que los primeros tramos van a suponer una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima, en los tramos más altos aumentará.

Su entrada en vigor se producirá en 2023 con una cuota mínima de 230 euros y una máxima de 500.

En el año 2024 las cotizaciones se encontrarán entre los 225 y los 530 euros.

Y finalmente, en 2025, las cuotas de autónomos quedarán encuadradas entre los 200 y los 590 euros.

A partir de 2023 los autónomos cotizarán a la Seguridad Social en función de sus ingresos reales, seleccionando uno de los 15 tramos de rendimientos netos con su correspondiente cuota mensual.

Por tanto, al finalizar el año el autónomo tendrá que regularizar sus cotizaciones a la Administración. Es decir, tendrá que devolver o reclamar las cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por sus previsiones durante el año.

Cómo calcular los rendimientos netos del autónomo

Se trata de uno de los aspectos que más polémica ha generado. Desde el Gobierno han definido el concepto de rendimientos netos de la siguiente manera:

“Los rendimientos netos se calcularán deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo. Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado serán los rendimientos netos y esa será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.”

Claves del nuevo sistema de cotización de los autónomos

Los puntos clave para los autónomos con el nuevo sistema de cotización son:

  • Nueva tarifa plana de 80 euros. Con el nuevo sistema la tarifa plana para autónomos pasará a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad, independientemente de los ingresos del trabajador por cuenta propia.
  • Acción protectora: cese de actividad. Se establece una prestación del 50% de la base reguladora compatible con otra actividad. Se podrá cobrar de 4 meses a 2 años sin tener que darse de baja en el RETA y sin que sea necesario el cierre.
  • Deducciones. Se incorpora una deducción por gastos genéricos del 7% para autónomos individuales y del 3% para autónomos societarios.
  • Cambio de tramo cada 2 meses. Se permite al autónomo cambiar su base de cotización hasta 6 veces al año (cada 2 meses), en función de su previsión, al alza o a la baja, del comportamiento de sus negocios.
  • Desgravación del plan de pensiones. Los autónomos podrán desgravarse un 10% de las aportaciones al plan de pensiones en el IRPF.
  • Sin tope de cotizaciones para mayores de 47 años. En 2023 el tope de cotizaciones para trabajadores mayores de 47 años dejará de existir.

 

 

 

 

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